viernes, 27 de enero de 2012

Firmado el Calendario Laboral y Acuerdo Horas Médicas 2012 en GSS Venture

Tras varios meses de negociación con la dirección de GSS Venture y después de múltiples reuniones hemos conseguido un acuerdo que mejora las condiciones para el disfrute de las 35 horas remuneradas para asistencias médicas, a partir de hoy este acuerdo se amplia para:
- Acompañar al médico de la Seguridad Social a nuestros ascendientes mayores de 65 años (inclusive)
- Acompañar al médico de la Seguridad Social a nuestros hijos menores de 14 años (inclusive)
- Asistir a consultas de médicos privados para las consultas propias (incluye ginecólogo, especialistas,... exceptuando los dentistas)
- Acompañar a nuestros ascendientes mayores de 65 años (inclusive) a las consultas de medico privados. (incluye ginecólogo, especialistas,... exceptuando los dentistas)
- Acompañar a nuestros hijos menores de 14 años (inclusive) a las a las consultas de médicos privados. (incluye ginecólogo, especialistas,... exceptuando los dentistas)
Las horas médicas las organizamos nosotros. No existe necesidad de ir al médico y volver al curro, nosotros nos distribuimos nuestras horas médicas a nuestro antojo.
- Es un derecho innegable por parte de la empresa para todos disfrutar dos semanas de vacaciones en verano. Pero no es ni una obligación pedirlo ni hay un plazo para ello.
- Los días de libranza por festivo trabajado se podrán disfrutar hasta el 31 Enero del 2013.
- También se pueden pedir vacaciones con menos de dos meses de antelación. Y están obligados (en esos caso) a contestarte en 15 días máximo.
- Para las compañeros que tengan contrato de lunes a domingo y les toque trabajar un fin de semana (sábado y domingo) la libranza correspondiente a esa semana contará de dos días consecutivos obligatoriamente.
- No hay plazo para solicitar las vacaciones. Se pueden pedir durante todo el año y disfrutar hasta el 31 de Enero de 2013.
- Los días 24 y 31 de diciembre, la empresa no ha querido darlos al margen de las vacaciones, pero hemos acordado tres formas de no trabajar esos días:
1. Mediante la acumulación de horas entre el 2 de enero al 23 de diciembre en la bolsa de horas, que se pueden compensar esos días.
2. Solicitar vacaciones.
3. Acogiéndose al artículo 24 de convenio. Es decir la empresa no se puede saltar la ley en ningún caso.
Es verdad que seguimos con multitud de problemas en los que estamos día a día interviniendo pero también es cierto que estos acuerdos permiten una ganancia de derechos que consideramos que es positiva y como tal la valoramos. Si tenéis alguna duda al respecto no dudéis en poneros en contacto con nosotros. Os dejaremos una copia en los tablones de anuncios para que estén siempre disponibles y también podéis pinchar aquí abajo para descargar el texto integro firmado por el Comité de Empresa.

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