viernes, 7 de enero de 2011
A la atención de los trabajadores de GSS LINE en Banco Popular (GETAFE)
Desde la sección sindical de CGT hemos tenido conocimiento de unas instrucciones que habéis recibido sobre la petición de las vacaciones correspondientes al año 2011. A este respecto amén de repartiros el Calendario Laboral (la única normativa vigente en la empresa sobre las vacaciones) os queremos resaltar los siguientes puntos.
1. Las vacaciones se pueden disfrutar desde el 1 de Enero de 2011 al 31 de Enero de 2012. También los día de libranza por festivo que se generen durante 2011 se pueden disfrutar hasta el 31 de Enero de 2012.
2. No es obligatorio pedir 14 días en verano, es un derecho pero puedes pedir fuera de esas fechas todo un mes y juntarlo. Las vacaciones de verano se tendrán que pedir antes del 15 de junio. (siempre con 45 días de antelación al disfrute)
3. Las vacaciones que no son en verano las pide el trabajador cuando el quiera (no hay ningún plazo necesario).
4. Si os deniegan las vacaciones (siempre tienen un plazo máximo de un mes desde que las pedís) están obligados a daros dos alternativas que si las aceptáis están automáticamente concedidas, sino las elegís podéis pedir de nuevo las vacaciones cuando os de la gana.
5. Hacer todas las peticiones por escrito (os pasamos el modelo oficial) y quedaros con copia de todas las peticiones.
6. El único criterio para conceder las vacaciones son el orden de solicitud. No existe ningún acuerdo ni similar que hable de casuísticas personales, ni denegaciones previas ni similar.
7. En caso de que dos trabajadores hayan pedido las vacaciones a la vez, para la misma fecha y solo se pueda conceder a uno, hay dos opciones, lo mas lógico es que se intente siempre un acuerdo entre los trabajadores y en su defecto, sorteo.
1. Las vacaciones se pueden disfrutar desde el 1 de Enero de 2011 al 31 de Enero de 2012. También los día de libranza por festivo que se generen durante 2011 se pueden disfrutar hasta el 31 de Enero de 2012.
2. No es obligatorio pedir 14 días en verano, es un derecho pero puedes pedir fuera de esas fechas todo un mes y juntarlo. Las vacaciones de verano se tendrán que pedir antes del 15 de junio. (siempre con 45 días de antelación al disfrute)
3. Las vacaciones que no son en verano las pide el trabajador cuando el quiera (no hay ningún plazo necesario).
4. Si os deniegan las vacaciones (siempre tienen un plazo máximo de un mes desde que las pedís) están obligados a daros dos alternativas que si las aceptáis están automáticamente concedidas, sino las elegís podéis pedir de nuevo las vacaciones cuando os de la gana.
5. Hacer todas las peticiones por escrito (os pasamos el modelo oficial) y quedaros con copia de todas las peticiones.
6. El único criterio para conceder las vacaciones son el orden de solicitud. No existe ningún acuerdo ni similar que hable de casuísticas personales, ni denegaciones previas ni similar.
7. En caso de que dos trabajadores hayan pedido las vacaciones a la vez, para la misma fecha y solo se pueda conceder a uno, hay dos opciones, lo mas lógico es que se intente siempre un acuerdo entre los trabajadores y en su defecto, sorteo.
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