sábado, 6 de febrero de 2010

OTRA VEZ LO MISMO

La empresa vuelve a imponer sus propias normas para la petición de vacaciones como ya hizo el año pasado. Esta vez no vamos a acudir al Inspector puesto que ya tenemos resolución favorable del 2009, esta vez vamos a ir a los juzgados. La nueva moda de la empresa es obligar a que solicitemos las vacaciones de todo el año antes del 31 de Enero, y nosotros queremos saber ¿en que ley o acuerdo consta eso? Sabemos que muchos compañeros ya lo han solicitado por obligación de la empresa. Para los que todavía no han solicitado que se pongan en contacto con cualquier delegado de CGT si os obligan a ello.


Hemos tendido conocimiento de que la empresa no esta permitiendo el disfrute de los quince días de permiso en caso de unirse como pareja de hecho. Como si estuviéramos en parvulitos le vamos a recordar palabra a palabra lo que dice el convenio colectivo al respecto:

“Se reconocen los mismos derechos que el Convenio contempla para los cónyuges en matrimonio, a las personas que no habiéndose casado entre ellos, conviven en unión afectiva, estable y duradera, previa justificación de estos extremos mediante certificación de inscripción en el correspondiente registro oficial de parejas de hecho”


A la empresa le ha salido el tiro por la culata con el despido del afiliado a CGT el compañero MIKEL al cual se le despidió por fin de obra y servicio cuando en realidad tenia un contrato en fraude. El juez en el razonamiento jurídico dice que el entiende que en las novaciones de contrato de obra son contratos nuevos no un anexo del contrato, además el compañero ya había sido contratado en dos ocasiones para la empresa y con las mismas tareas ,por lo tanto el juez falla a favor del compañero y declara el despido improcedente y obliga a la empresa a indemnizarle con 45 días por año trabajado o la readmisión inmediata en cinco días en el mismo puesto o con las mismas funciones que realizaba antes de ser despedido. Esta sentencia es muy importante no solo para nosotros sino para todo el sector de telemarketing, porque el 90% de nosotros hemos firmado novaciones de contrato. Esto significa que te dan una clausula DONDE SOLO SE CAMBIA LA OBRA PARA LA QUE ESTAS CONTRATADO, esto es lo que entiende el juez como contrato nuevo. La sentencia completa la tendréis en los tablones de todas las plataformas. Para los compañeros de la campaña de Yell es muy importante porque todos los años en diciembre la empresa os hace firmar una novación de obra, no es momento de pararse a dudar si denunciamos o no porque en un despido no es lo mismo ocho días por año trabajado (obra y servicio) que cuarenta y cinco días (indefinido)

Para cualquier duda podeísllamar a cualquier delegado de la CGT.


En EnergíaWeb se ha firmado un ere. CGT se ha desvinculado de la firma ya que creemos que una empresa que da beneficios como es el caso, no debe tan si quiera poroponerlo, se trata de una clara sucesión de empresas. Hemos interpuesto las demandas oportuna y solo esperamos que los jueces nos den la razón.

Con respecto a lo que NOS DEBE LA EMPRESA de la subida del 1% del 2009, CGT hemos exigido el pago en los juzgados para que se abonen YA.

Con respecto a las pausas PVD parece que en alguna plataforma todavía había alguna duda de cómo aplicarlo: os recordamos a todos que por 8 horas de trabajo corresponden 8 pausas visuales mas el descanso de 20 minutos.

También comentaros que CGT hemos llegado a un acuerdo en la audiencia nacional con respecto al pago de los pluses en IT. Cuando estemos de baja por enfermedad se nos debe abonar la parte proporcional del plus de idiomas nocturnidad y festivos y domingos.

Ese mismo dia también se llego a un acuerdo sobre el tema de las vacaciones en IT, esto significa que si tenemos las vacaciones concedidas y nos ponemos malos antes de las mismas o durante el disfrute, tenemos derecho los trabajadores a solicitar otro periodo vacacional diferente. Antes se perdían esos días de vacaciones cuando nos poníamos malos durante las vacaciones.

El TS confirma la sentencia que de Atento sobre las 35 horas de asistencia al medico que dice lo siguiente:

“ acogiendo la demanda, declaró el derecho de los trabajadores de la empresa codemandada a disfrutar del permiso retribuido contemplado en el art. 29-2 del III Convenio Colectivo Estatal del Sector de Telemarketing. En virtud del mismo, el trabajador tiene derecho a asistir, hasta 35 horas retribuidas al año, a consulta de médico de la Seguridad Social. Declara que la empresa restringe unilateralmente el Convenio cuando requiere una justificación al trabajador que hace uso de tal derecho, más allá de la “justificación oportuna” a que hace referencia el citado precepto; de suerte que esa justificación oportuna, debe entenderse como la que requieran las circunstancias de cada caso particular, no pudiéndose limitar el ejercicio del derecho exigiéndose unos justificantes sobre la hora de cita médica, el inicio de la misma y su fin, o concediéndose una hora de tiempo para ir y volver en todos los casos.

GRACIAS A TODOS

Gracias a todos los compañeros que han ejercido su derecho al voto, y en especial gracias a los compañeros que han depositado su confianza en CGT. Gracias a su apoyo CGT ha sido el segundo sindicato mas votado en estas elecciones sindicales obteniendo 6 delegados del nuevo comité de empresa.

A partir de ahora todos los miembros de la sección sindical de CGT estaremos a disposición de Todos los trabajadores para asesorar, orientar y velar por los derechos de todos nuestros compañeros. Desde CGT también os facilitaremos ayuda para denunciar la empresa en aquellos casos que el incumplimiento de sus obligaciones así lo obliguen.

Desde CGT estamos en esta nueva etapa dispuestos a trabajar con el resto de secciones sindicales del comité de empresa que así lo deseen. Los sindicatos tenemos la obligación de enfrentarnos a la empresa en aquellos casos que vulnere los derechos de los trabajadores y carece de sentido que el comité de empresa este enfrentando porque eso nos debilita a todos y fortalece a la empresa, además este resultado electoral tan ajustado nos obliga a todos a consensuar los acuerdos.

Por ultimo informar a los compañeros que han formado parte de las mesas electorales, tienen derecho a un día de libranza retribuido, la empresa no lo puede denegar.